Los usuarios deberán presentar una declaración jurada de conformación de hogar, que incluirá los ingresos y patrimonios del grupo familiar. Además, deberán indicar si el usuario es o no es titular del servicio. En caso de los usuarios que se registren y cuenten con más de un servicio o medidor de luz o gas a su nombre, el subsidio será solo para el medidor del domicilio que se declare como residencia.
Si el usuario no es propietario del domicilio en que se habita, el registro permite anotarse como “persona usuaria de los servicios”, con lo que se mantendrá el subsidio para inquilinos o residentes, siempre que no pertenezcan al grupo de ingresos altos.
Deberán anotarse todos aquellos que quieran mantener los subsidios y, quien no complete este trámite, los perderá. La inscripción no excluye a quienes reciben prestaciones sociales ni a jubilados y pensionados. Quienes pertenezcan al grupo “alto” deberán pagar la tarifa plena de manera gradual hasta fin de año, ya que no les corresponde el subsidio.